El BOE de 29 de Septiembre de 2021, sobre PRÓRROGA DE LOS ERTES, establece que para obtener las exenciones en las cotizaciones a la seguridad social las empresas cuyo expediente de regulación temporal de empleo sea prorrogado tendrán que desarrollar acciones formativas para cada una de las personas afectadas por el ERTE entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022.
Se priorizará acciones formativas que vayan dirigidas a atender las necesidades formativas reales de las empresas y los trabajadores incluyendo las vinculadas a adquirir competencias digitales y las que permitan recualificar a las personas trabajadas, aunque no tengan relación directa con la actividad de la empresa. El plazo para realizar las acciones formativas finalizará el 30 de junio de 2022.
El número de horas de formación que debe realizar cada persona trabajadora de las empresas que se hayan practicado exenciones varía en función del tamaño de la empresa, empezando el número de horas mínimo a partir de 10 personas de plantilla y es: de 10 a 49 trabajadores 30 horas y de más de 50 trabajadores de 40 horas.
Estas acciones formativas las realizará el trabajador en el periodo de reducción de la jornada de trabajo o suspensión del contrato o en tiempo de trabajo.
Las empresas que formen a persona afectadas por ERTES tendrán derecho a un incremento de crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada en función del tamaño de la empresa, que es: en empresas de 1 a 9 trabajadores 425€ por persona, en empresas de 10 a 49 trabajadores 400€ por persona y en empresas de más de 50 trabajadores de 320€ por persona.